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Ventanilla Unica. Normativa.

Autónomos en España | Redacción España • jul 19, 2022
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En este análisis que hacemos encontrarás:



Fuentes utilizadas para el desarrollo de este análisis por parte de nuestra redacción:

unmadrilenoeneuropa.es - vivirenespana.eu - Agencia Tributaria - Gobierno de España - MovEU

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La tienda online en España. Ventas superiores a €10.000

Cada vez es más habitual el desarrollo de los negocios de venta online tanto de servicios, como de productos. Obviamente estos no se limitan al ámbito nacional. Con las nuevas plataformas es muy común que Europa sea su mercado habitual. Por ello te vamos a hablar de la Ventanilla Única y del modelo 035. Recuerda que en nuestro blog hemos hablado mucho sobre este tema.


En la parte superior de este análisis podrás encontrar el índice del mismo y las fuentes utilizadas para el desarrollo por parte de la redacción autonomoseneuropa.eu


Si tuvieras cualquier pregunta o consulta puedes solicitarnos una reunión de bienvenida sin compromiso haciendo clic.


Nueva normativa del IVA en el Comercio electrónico.


El 1 de julio de 2021 entraron en vigor las nuevas normas para el IVA del comercio electrónico. La nueva legislación Europea pretende simplificar cómo recaudan los países sus respectivos IVA en las ventas online intracomunitarias .


Un nuevo modelo que establece ventanillas únicas para la presentación de los impuestos, unificación de impuestos entre los diferentes sistemas europeos y la eliminación de la exención del IVA en importaciones.


Con los cambios normativos en el IVA del e-commerce a nivel europeo, se crea un nuevo modelo tributario de obligada presentación si se realizan ventas online en determinadas casuísticas. Entra en vigor el modelo 369 en España con esta nueva normativa de una tienda online.


Esta nueva norma del IVA unifica los criterios para declarar las ventas online de productos y servicios a consumidores finales residentes en países que forman parte de la Unión Europea, habilitando para ello el sistema de Ventanilla Única o OSS (One Stop Shop).


Podréis solicitar el alta, presentado el formulario 035 por vía electrónica.

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Cómo darse de alta en la Ventanilla Única. MOSS y OSS. Modelo 035

Si vas a darte de alta en ventanilla unica (MOSS) deberás presentar el formulario 035, para ello, tendrás que hacerlo a través de la sede electrónica de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria).


Para presentar tu formulario 035 debes disponer de un certificado electrónico cualificado, o si eres empresario o profesional como persona física actuando en nombre propio, puedes realizar la presentación mediante el sistema Cl@ve. Puedes gestionar el alta de tu Certificado Digital con nosotros.


Debes tener un número de identificación fiscal y si eres empresario o profesional extranjero no establecido en España y quieres registrarte en el régimen de importación a través de intermediario, debes tener asignado un código de identificación individual.


En caso de que quieran acogerse a través de intermediario al régimen de importación, el formulario 035 debe ser presentado por dicho intermediario que también deberá disponer de su certificado electrónico.


El alta va a depender del tipo de régimen para el que se hace. Te recordamos las cuatro opciones:


  • Régimen de la Unión.
  • Régimen exterior de la Unión.
  • Régimen de Importación. Declarante o intermediario.
Autónomos en Europa

Plazos de presentación. Alta y Baja en el Régimen.

Alta en el Régimen.


Aquellos empresarios o profesionales que os acojáis al régimen exterior de la Unión o al régimen de la Unión tendréis que presentar vuestra declaración de inicio mediante el formulario 035 en la sede electrónica de la AEAT.


El alta se aplicará a partir del primer día del trimestre natural siguiente a dicha presentación.


No obstante, si la primera venta o prestación del servicio tras superar ese limite se efectúa antes de darte de alta, el régimen se aplicará a partir de la fecha de la primera entrega o prestación, siempre que presentes el modelo 035 a más tardar el décimo día del mes siguiente a la fecha de esta entrega o prestación.


En el caso de la modalidad del Régimen de Importación, deberás darte de alta cuando preveas que vas a tener esas ventas directas de productos importados de escaso valor (menos de 150€) a clientes particulares europeos, para que se aplique la exención.


Y si te acoges al régimen de importación, el alta se aplicará a partir del día en el que la AEAT te haya asignado tu número de operador a efectos del régimen de importación (NIOSS), sin olvidar que previamente debes haber presentado tu declaración de inicio a través del formulario 035 en la sede electrónica de la AEAT.


Plazo de presentación. Baja en el régimen.


Si vas a hacer algún cambio o modificación en cualquiera de los regímenes, deberás declararlos hasta el décimo día del mes siguiente al mes de dicho cambio o modificación.

También lo debes realizar mediante la correspondiente cumplimentación del formulario 035 en la sede electrónica de la AEAT.


El plazo de presentación de la declaración de cese, en el caso de que quieras dejar de usar el régimen especial, tendrás que realizar una declaración de cese para darte de baja.


Si estás acogido al régimen exterior a la Unión o al régimen de la Unión y quieres dejar de utilizarlos: debes comunicárselo a la AEAT al menos 15 días antes de finalizar el trimestre natural anterior a aquel en el que pretendas dejar de usar el régimen.


IMPORTANTE: El hecho de darte de alta en cualquiera de los dos Regímenes, implicará que tengas que presentar de forma trimestral o mensual el Modelo 369, para declarar esas operaciones. Aquí te explicamos qué es y como rellenarlos.

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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.

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